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DISCURSO PRONUNCIADO POR EL MAGISTRADO HÉCTOR HUGO PÉREZ AGUILERA, AL ASUMIR EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD Agradezco en primer lugar a Dios el Divino Creador del Universo, a mi familia, en especial a mi esposa, hijos y mi nieta Lisa María, por el apoyo que siempre me brindan, así como al distinguido gremio de Abogados y Notarios del país, por permitirme el privilegio de representarlos ante esta Honorable Corte y hoy, asumir al alto cargo de Presidente de la Corte de Constitucionalidad por el período 2013-2014. Se cumplen hoy los dos primeros años de esta sexta magistratura, en las que mis antecesores han puesto todo el empeño y esfuerzo por fortalecer la justicia constitucional de nuestro país, a quienes aprovecho la oportunidad de felicitarles por su buen trabajo. Me parece interesante en forma inicial, realizar algunas reflexiones en torno a la justicia constitucional y la labor de esta Corte; justicia que es "un valor constitucional necesario para cualquier forma de gobierno democrático"(1). De ahí la importancia de establecer los órganos o tribunales encargados de su impartición en un Estado de Derecho. Así, sumamente visionaria fue la labor de los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente que redactaron la Constitución Política de la República de Guatemala promulgada en 1985, la que con una amplia protección a la persona humana a lo largo de su desarrollo, estableció una Corte Constitucional independiente, autónoma, permanente y con plenas facultades para la defensa del orden constitucional para garantizar los derechos de todos los ciudadanos, así como el estado de derecho del país. Se estableció con una serie de competencias dirigidas a preservar la integridad y vigencia de la misma, ejerciendo para ello las funciones que le fueron conferidas, entre ellas, la importante labor de interpretar el contenido de la Ley Suprema, y como lo señala Allan Brewer Carías: "si partimos del supuesto de que la Constitución es manifiestamente la voluntad del pueblo que debe prevalecer sobre la voluntad de los órganos constituidos, el primer y principal derecho constitucional que los ciudadanos tienen en un Estado de Derecho, es el derecho a dicha supremacía, es decir, al respeto de la propia voluntad popular expresada en la Constitución, como manifestación de la soberanía del pueblo de exigir el respeto de esa Constitución"(2). |